El trámite se realiza en el SENASA-Coordinación General de Establecimientos Lácteos y Apícolas, Paseo Colón 367 6ºpiso, Ciudad de Buenos Aires, Horario:
de 10.00 a 13.00 y de 14.00 a 16.00 hs. Teléfonos: (011) - 4342-2781
Documentación necesaria:
-Dos (2) copias del plano de la planta escala 1:100, indicando las dependencias y ubicación de los equipos fijos, instalaciones, iluminación y ventilación.
-Memoria descriptiva de los procesos de elaboración de productos indicando capacidad instalada, estado edilicio, abastecimiento de materia prima y toda
otra información que al respecto le sea requerida. Es válida la fotocopia de la monografía para la aprobación del producto.
-Copia del plano y memoria descriptiva del sistema de evacuación de aguas servidas y productos de desecho, como así también de los desagües industriales, aprobados por la autoridad Municipal, Provincial o Nacional competente.
-Fotocopia del protocolo de análisis físico-químico y bacteriológico del agua, avalado por un organismo oficial.
-Fotocopia de la documentación que acredite propiedad, locación o comodato del establecimiento, certificada por Escribano Público Nacional, Juez de Paz o entidad bancaria autorizada.
-Fotocopia de los estatutos sociales (si se trata de personas jurídicas) certificada por Escribano Público Nacional, Juez de Paz o entidad bancaria autorizada.
-Fotocopia del CUIT del titular.
-Fotocopia legalizada del certificado de habilitación o Radicación Municipal.
-Fotocopia del título del Profesional Director Técnico, en aquellos casos en que corresponda.
-Un libro de actas para ser rubricado.
Habilitación de depósitos
El interesado deberá presentar la memoria descriptiva del flujo de circulación de productos, indicando condiciones de ingreso y salida de mercadería, temperaturas y tiempos de conservación, materiales de construcción y revestimiento de cámaras y depósitos.
Cada uno de los documentos presentados deberá estar debidamente firmado por el propietario de la empresa o, en su defecto, por un apoderado legal debidamente acreditado mediante autorización certificada por Escribano Público Nacional.
Toda la documentación tiene carácter de Declaración Jurada.
Normativa
El Decreto Nº 2687/77 fija las condiciones mínimas requeridas para el funcionamiento de las plantas elaboradoras de productos lácteos.